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El término Revenge porn (o porno de venganza) define la difusión de fotos o vídeos de contenido sexual en la red sin consentimiento de las personas que aparecen.
Las víctimas son fundamentalmente mujeres jóvenes y, en muchos casos, los instigadores son exparejas u otras personas que pretenden humillar y atacar su reputación mediante la publicación de este tipo de imágenes.
En los últimos años el aumento de actividades como el sexting (envío de imágenes y otro tipo de contenido íntimos a través plataformas online) han multiplicado los casos de Revenge Porn.
El revenge Porn es un delito castigado por la ley
En España la Agencia de Protección de Datos recuerda que “amenazar o chantajear con difundir vídeos o grabaciones íntimas de la pareja (fotografías, vídeos o audios) sin su consentimiento puede constituir un delito de violencia de género”. Cualquiera que participe en su publicación o los comparta se expone a multas y penas de prisión de tres meses a un año (artículo 197.1 del Código Penal).
De manera que si alguien publica fotos íntimas de otra persona -grabadas con o sin autorización- está cometiendo un delito de violencia sexual, ya que aunque no exista una agresión física sí hay un daño psicológico, castigado por la ley. Se puede denunciar ante los organismos pertinentes, tanto la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, como el Grupo de Delitos Telemáticos la Guardia Civil. También se puede acudir a webs como Protección Online, especializadas en la concienciación contra este tipo de prácticas.
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que entró en vigor en toda la Unión Europea en 2018 hace referencia específica a este tipo de delitos, lo que se está traduciendo en medidas adicionales dentro de todas legislaciones comunitarias.