Nueva York se suma a los 38 estados de EE.UU. que cuentan con leyes contra el revenge porn
La distribución sin consentimiento de fotos íntimas y videos en Internet es desde ahora delito en Nueva York, con castigos que implican multas de hasta 1.000 dólares y penas de hasta un año de cárcel. En noviembre, el Consejo Municipal de la ciudad votó unánimemente para penalizar la publicación de imágenes íntimas sin permiso. La nueva legislación entró en vigor la semana pasada.
La Gran Manzana se suma así a los treinta y ocho estados norteamericanos que ya cuentan con leyes en contra del ‘revenge porn’, también llamado venganza pornográfica. A finales de 2013, California aprobó una ley pionera en este ámbito que daba a las víctimas las herramientas necesarias para procesar a aquellos que subieran a Internet imágenes suyas sin su consentimiento con el propósito de causar daño o humillación.
No obstante, muchos expertos vienen advirtiendo de que, además de una legislación fuerte, también es crucial que las grandes empresas tecnológicas tomen cartas en el asunto. Aunque la mayoría de las principales plataformas sociales cuentan con políticas que prohíben expresamente publicar fotos o videos íntimos de alguien en contra de su voluntad, las compañías siguen buscando ideas para implementar soluciones más activas para prevenir y castigar este tipo de comportamientos.
Facebook indemnizará a una joven por un caso de ‘revenge porn’
Facebook ha sido la última plataforma en anunciar nuevas medidas contra el ‘revenge porn’. Hace sólo dos meses la plataforma anunció una nueva herramienta desarrollada junto con el gobierno australiano que permite a los usuarios enviar de forma preventiva las fotos que no quieren compartir en línea. Los usuarios que teman que alguna imagen en concreto sea susceptible de acabar en la red, pueden enviar una solicitud como prevención. El problema es que el propio sistema despierta recelo por sus problemas de privacidad, ya que implica que empleados de Facebook tengan que procesar la foto sin censurar antes de que esta pueda llegar a hacerse pública.
Precisamente la red social de Marck Zuckerberg llegó a un acuerdo a principios de este año para indemnizar a una víctima de ‘revenge porn’ que demandó a la plataforma. Los hechos datan de 2014, cuando se publicaron fotos de desnudos de una adolescente de 14 años de Irlanda del Norte. Tras ser notificados y eliminar el contenido, la fotografía volvió a ser subida a una página dedicada al revenge porn en múltiples ocasiones.
Incluido en el Código Penal
En Europa, los diferentes miembros están actualizando la legislación y los estatutos sobre privacidad para que puedan ser aplicables contra la venganza pornográfica. Francia, por ejemplo, penaliza la violación deliberada de la intimidad si se “transmiten imágenes de alguien que se encuentra en un lugar privado, sin el consentimiento de la persona interesada”. En 2016 la Asamblea Nacional francesa añadió una disposición a la Ley sobre Ciberdelincuencia que prevé penas de hasta 2 años de prisión para estos delitos. En Alemania, el Tribunal Supremo de Coblenza sentó precedente con una sentencia de 2014 en la que dictaminaba que, al finalizar una relación, las fotografías íntimas de la expareja deben ser borradas si la otra parte así lo solicita.
En España la difusión de imágenes (ya sean fotos o grabaciones) de carácter íntimo no era delito hasta el 1 de julio de 2015, siempre que se hubiera accedido a ellas con el consentimiento de la otra persona. En la última reforma del Código Penal se introdujo un nuevo artículo, el 197.7, que especifica que “será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año […] el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla […] cuando la divulgación menoscabe gravemente su intimidad personal”.
Precisamente a finales de 2017 el Ministerio Fiscal solicitó tres años de prisión para un subinspector de la Guardia Urbana de Barcelona por un delito de revelación de secretos por, supuestamente, haber difundido fotografías sexuales de una compañera. La fiscal pidió, asimismo, de forma subsidiaria y como alternativa a la pena por revelación de secretos, una de dos años por delito contra la integridad moral, aunque finalmente el acusado resultó siendo absuelto por falta de pruebas.